
We are committed to the word dand God
I. Naturaleza y Alcance
El presente Reglamento de Admisiones y Registro Académico regula, de manera específica, los procesos de admisión, inscripción, registro, permanencia, transferencia de créditos y normas de integridad académica del Seminario Presbiteriano Hispano (SPH).
Este reglamento tiene carácter normativo y operativo, es de cumplimiento obligatorio para todos los estudiantes y se aplica a los programas propios del SPH y, en lo que corresponda, a los programas desarrollados en cooperación con el Puritan Reformed Theological Seminary (PRTS).
El presente documento complementa y desarrolla lo establecido en las Políticas Académicas del Seminario Presbiteriano Hispano, las cuales constituyen el marco normativo general de la institución.
En caso de discrepancia o interpretación diversa, prevalecerá lo dispuesto en las Políticas Académicas vigentes.
II. Identidad Institucional
El Seminario Presbiteriano Hispano es una institución de formación teológica reformada, confesional y pastoral, al servicio de la Iglesia visible de Cristo en América Latina, conforme a lo establecido en sus Políticas Académicas y Documentos Institucionales.
Su enseñanza se rige por:
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la autoridad suprema de las Sagradas Escrituras,
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la teología reformada histórica,
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y un compromiso explícito con la vida, disciplina y edificación de la iglesia local.
III. Elegibilidad de los Aspirantes
Podrán aplicar al SPH las siguientes personas, conforme al perfil definido en las Políticas Académicas:
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Pastores y candidatos al ministerio ordenado.
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Ancianos, diáconos y líderes con responsabilidades eclesiales.
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Cristianos profesantes que busquen formación teológica para enseñanza, discipulado o servicio ministerial.
La admisión presupone:
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una profesión de fe cristiana coherente,
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sujeción a una iglesia local,
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y disposición a recibir formación confesional reformada.
IV. Proceso de Admisión
El proceso de admisión consta, de manera ordinaria, de las siguientes etapas:
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Diligenciamiento del Formulario de Solicitud de Matrícula.
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Revisión de la solicitud por la Dirección Académica del SPH.
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Entrevista pastoral, cuyo propósito es:
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discernir el llamado del aspirante,
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evaluar su idoneidad académica y espiritual,
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confirmar el respaldo de su iglesia local.
-
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Comunicación formal de la decisión de admisión.
LLa admisión no se considera definitiva hasta completar todas las etapas del proceso, sin perjuicio de requisitos adicionales previstos en las Políticas Académicas.
V. Requisitos de Admisión
A. Para programas y cursos del SPH
El aspirante deberá presentar, como mínimo:
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Formulario de Solicitud de Matrícula.
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Carta de recomendación pastoral.
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Declaración de propósito y testimonio cristiano.
-
Documento de identidad oficial.
La Dirección Académica podrá solicitar documentación adicional conforme a las Políticas Académicas vigentes.
B. Para programas certificados por PRTS
Una vez admitido en el SPH, el estudiante será acompañado en su proceso de aplicación directa ante el PRTS, conforme a los requisitos establecidos por dicha institución.
VI. Registro Académico y Matrícula
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El registro académico se realiza únicamente después de:
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la admisión formal,
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y el cumplimiento de los requisitos administrativos.
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La matrícula implica la aceptación plena de:
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este reglamento,
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las políticas académicas del SPH,
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y las condiciones administrativas vigentes.
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El SPH se reserva el derecho de no abrir un curso si no se alcanza el número mínimo de estudiantes requerido para su sostenibilidad institucional.
VII. Transferencia de Créditos
A. Solicitud
Los estudiantes que hayan cursado estudios teológicos previos podrán solicitar transferencia de créditos presentando:
-
Transcripción oficial de notas.
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Lista de cursos a transferir.
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Currículo académico oficial de la institución de origen.
B. Evaluación
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La evaluación será realizada por la Dirección Académica del SPH conforme a las Políticas Académicas.
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La decisión será comunicada al estudiante antes del registro final.
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La aceptación de créditos no es automática ni obligatoria.
VIII. Integridad y Ética Académica
El SPH exige a sus estudiantes altos estándares de honestidad académica, responsabilidad intelectual y conducta cristiana coherente con su profesión de fe. Constituyen faltas graves, entre otras:
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la falsificación de documentos,
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el plagio,
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la deshonestidad académica,
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o la conducta incompatible con una profesión cristiana creíble.
Estas faltas podrán derivar en sanciones académicas o en la cancelación de la admisión o matrícula, conforme a las Políticas Académicas.
IX. Uso de Inteligencia Artificial (IA)
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El uso de herramientas de Inteligencia Artificial no está prohibido, pero se encuentra estrictamente regulado conforme a las Políticas Académicas del SPH.
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La IA podrá utilizarse únicamente como herramienta de apoyo, por ejemplo para:
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organización de ideas,
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corrección de estilo,
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revisión gramatical,
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o asistencia técnica secundaria.
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Queda prohibido:
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presentar como propio contenido generado total o parcialmente por IA,
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utilizar IA para redactar trabajos académicos, exámenes, ensayos o respuestas evaluables,
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emplear IA para sustituir el estudio, la exégesis, el análisis teológico o la reflexión personal.
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Todo trabajo académico debe reflejar:
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el esfuerzo intelectual propio del estudiante,
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su comprensión del contenido,
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y su capacidad de argumentación teológica.
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El uso indebido de IA será considerado una forma de deshonestidad académica, equiparable al plagio, y estará sujeto a sanciones.
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La Dirección Académica podrá solicitar aclaraciones, borradores o defensas orales cuando exista duda razonable sobre la autoría del trabajo.
X. Disposiciones Financieras
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Los valores oficiales del SPH están establecidos en pesos colombianos (COP).
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No se realizarán devoluciones de dinero una vez completado el proceso de inscripción.
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El incumplimiento de las obligaciones financieras podrá afectar el registro académico del estudiante.
XI. Disposiciones Finales
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Este reglamento podrá ser actualizado por la Dirección Académica del SPH.
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Las situaciones no previstas serán resueltas conforme a los principios doctrinales, pastorales y administrativos del seminario.
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Este documento no constituye un contrato laboral ni civil, sino un reglamento académico e institucional.
Seminario Presbiteriano Hispano
Formación teológica reformada y confesional
al servicio de la Iglesia visible de Cristo
